Montevideo, 26 de marzo de 2009
Estimados estudiantes:
En los últimos días han aumentado sensiblemente la cantidad de consultas, comentarios y reclamos, por parte de estudiantes, relacionados con las inscripciones a Cursos Controlados en algunas de las asignaturas.
He recibido y respondido personalmente a muchas consultas e inquietudes, pero considero necesario informar y comunicar en forma general algunos datos y puntualizaciones.
Ante esta realidad que está en el ánimo de muchos estudiantes, que evidencia la existencia de problemas en la información y la comunicación de las disposiciones vigentes y cómo interpretarlas, considero necesario volver a explicitar algunas cuestiones básicas relacionadas con el cursado de las asignaturas en las carreras en nuestra Facultad; en particular, recordar cuál es el mecanismo de aprobación de cursos establecido en el Plan 2002 de la carrera de arquitectura, el que continúa esencialmente y sistematiza, las prácticas pedagógicas históricas de esta Casa de Estudios.
1 – El Capítulo V de la “Organización General de los Cursos del Plan de Estudios 2002”indica las formas de aprobación de los mismos:
Art. 62 – “Los cursos de Anteproyecto, Proyecto, el Seminario Inicial, los Seminarios Interáreas, el curso de Práctica Profesional de Obra se aprobarán exclusivamente por promoción.”
Art. 63- “Los exámenes serán libres, salvo lo dispuesto en el artículo anterior. Todo estudiante que tenga aprobadas las previaturas de un curso podrá rendir el examen de mismo.”
En este marco, considero importante señalar que los denominados “Cursos Controlados” (de control continuo del conocimiento) constituyen excepciones a la regla general, los que se rigen por su Reglamento específico.
2 - El Taller de Anteproyectos está definido en el Plan 2002 como el eje estructurador de la carrera. Sus cursos, de asistencia obligatoria y alta carga horaria semanal y compromiso de trabajo del estudiante, demandan al estudiante una gran exigencia en cuanto a la producción y la dedicación de tiempo.
Por tal motivo el “Reglamento de Cursos Controlados” en su Art. 5° establece que “Los alumnos que cursan Anteproyectos de Arquitectura no podrán realizar más de un curso controlado y/o de evaluación alternativa.”
3 – Los Cursos Controlados –excepciones a la regla general- son, igualmente, cursos de asistencia obligatoria.
Asimismo, se trascribe el Art. 8° del Reglamento: “Se efectuará un contralor continuo –durante el curso- del aprovechamiento del mismo por parte del estudiante, a través de trabajos escritos, informes, ejercicios, pruebas orales, etc. Se instrumentará en cada curso hasta un máximo de 4 (cuatro) pruebas de evaluación de carácter obligatorio para los alumnos inscriptos en el mismo. Las pruebas deberán tener un carácter tal que permitan exigir al alumno y apreciar al profesor, una adecuada asimilación y comprensión global del curso.”
4 – En el caso de que el estudiante no curse Taller de Anteproyecto, se aplica el Reglamento por analogía, permitiéndose realizar HASTA DOS Cursos Controlados en cada semestre.
Por los motivos expuestos, la Facultad ha considerado históricamente y considera, desde el punto de vista pedagógico, que no es posible que un estudiante pueda cursar satisfactoriamente más de dos Cursos Controlados en simultáneo y cumplir con todas las actividades y exigencias que los mismos suponen.
Por otro lado, estos cursos lógicamente tienen un número limitado de plazas, ya que implican la existencia de una alta relación docente-estudiante y la realización de una experiencia pedagógica particular.
Esto explica el mecanismo del “sorteo“ dirigido, con criterios y prioridades establecidos por el Consejo, que se aplica para garantizar la mayor equidad posible entre todos los estudiantes.
5 - Por último, considero necesario recordar enfáticamente que, existe –desde la creación de la Facultad- la posibilidad de asistir en forma LIBRE a todos los cursos de la carrera (excepto los citados en el Art. 62) y rendir el examen correspondiente, también en forma libre.
Esta disposición constituye, ni más ni menos, un derecho de los estudiantes. Un derecho fundamental, que ampara a todos los estudiantes y fundamentalmente a aquellos que deben compartir sus estudios con el trabajo u otras actividades.
Todos los estudiantes tienen el derecho de acceso a todas las clases que deseen y la posibilidad de rendir EXAMEN sin limitación alguna.
Por otra parte, recordemos que en los últimos años la cantidad de períodos de exámenes anuales ha ido en aumento (esto ha generado un debate en el cuerpo académico, en el seno del cual existe más de una posición sobre este aspecto), contándose en la actualidad con SEIS PERÍODOS a lo largo de cada año (cuatro de ellos ordinarios y dos intersemestrales, extraordinarios).
Muchas de estas disposiciones y la forma organizativa que hemos adoptado en nuestra Facultad no son fácilmente comprensibles fuera de la misma. La enseñanza de la Arquitectura (y ahora también de otras carreras de la “familia” del diseño) posee especificidades que requieren una forma de trabajo acorde, diferente a la enseñanza de otras disciplinas.
La calidad de nuestra propuesta educativa está fundamentada en el concepto de “enseñanza activa”, en lacual el estudiante es el sujeto principal y el protagonista del proceso de enseñanza y aprendizaje.
Esto hace necesario reflexionar permanentemente sobre los distintos modos de cursado, las relaciones entre las asignaturas y sobre todo la necesaria construcción de la capacidad autónoma del estudiante para incorporar y producir nuevo conocimiento.
Espero haber planteado algunos de los puntos centrales de una temática que por supuesto sigue estando en consideración por parte de toda la Facultad.
Salvador Schelotto
Decano